Por Juan Carlos Sosa Azpúrua
Cuando las compañías petroleras internacionales ingresaron por primera vez a Venezuela en 1922, lo hicieron en ausencia de instituciones. No existía un marco jurídico consolidado, ni un poder judicial independiente, ni foros confiables de resolución de controversias. El cumplimiento contractual dependía, en gran medida, de la fuerza, del poder político y de una tolerancia extraordinaria a la incertidumbre.
Ese no es el entorno que enfrentan hoy los inversionistas. Si bien Venezuela sigue presentando riesgos políticos y operativos, dichos riesgos son hoy en sustancia menores y, lo que es más relevante, identificables en el plano jurídico y exigibles.
El actual esquema de cumplimiento se encuentra anclado fuera de Venezuela. Los mecanismos de ejecución están respaldados por la autoridad del Gobierno de los Estados Unidos, que ofrece garantías externas inexistentes hace un siglo. Los foros internacionales de arbitraje —hoy pieza central de la inversión energética transfronteriza— proporcionan adjudicación neutral y previsible. De forma crítica, los recursos financieros de Venezuela disponibles para satisfacer laudos arbitrales se encuentran en la actualidad administrados bajo el control del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, alterando de manera sustancial el riesgo de contraparte.
Desde una perspectiva legal y de inversión, ello constituye un cambio decisivo. La exposición ya no es en esencia política; es contractual. El riesgo se ha desplazado de la fragilidad institucional interna hacia mecanismos de ejecución reconocidos a nivel internacional. Para juntas directivas, asesores jurídicos generales y comités de inversión, esta distinción es fundamental.
No se trata de una hipótesis teórica, sino de un precedente histórico. Tras las inversiones petroleras en extremo riesgosas de 1922, Venezuela evolucionó muy rápido hacia una nación moderna, convirtiéndose en una de las economías más abiertas y llenas de oportunidades del hemisferio.
Lo que hoy marca la diferencia es la claridad y la velocidad. El horizonte jurídico es más transparente que en cualquier otro momento de la historia moderna del país, y el ritmo de normalización —impulsado por los mercados globales de capital, la tecnología y la convergencia regulatoria— será más rápido de forma exponencial.
La industria de los hidrocarburos nunca ha sido construida por quienes esperan certezas absolutas. Recompensa a actores disciplinados que comprenden el riesgo, lo valoran de manera correcta y actúan en puntos de inflexión. No es una industria para los adversos al riesgo, sino para quienes saben gestionarlo mediante estructura, derecho y mecanismos de exigibilidad.
Quienes estén dispuestos a comprometer capital en esta etapa podrían capturar una de las oportunidades más relevantes de las últimas décadas, porque —como observó Virgilio— «la fortuna favorece a los audaces».
Nota del autor / Descargo de responsabilidad
El presente artículo se proporciona solo con fines informativos y no constituye asesoría legal. Las decisiones de inversión deben adoptarse sobre la base de hechos específicos, del derecho aplicable y de un análisis jurídico y regulatorio adecuado. Las opiniones expresadas son las del autor y no reflejan necesariamente las de ninguna firma ni de sus clientes.







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